Delito de Violencia Domestica


Abogados para Violencia Domestica en Los Angeles, California

Abogados para Defensa de Delito de Violencia Domestica

Los cargos de abuso conyugal o Violencia Domestica en el Hogar son bien comunes en el condado de Los Ángeles y para el estado de California es un asunto serio que lo puede llevar a la cárcel o a un proceso de deportación si usted es un inmigrantes. Una condena por abuso conyugal o violencia domestica puede resultar en consecuencias de cárcel del condado estatal y hasta cárcel de por vida para el acusado, si las víctimas son sus familiares.

En California y en La oficina de Los Ángeles County District Attorney, para los casos de abuso conyugal "Violencia Doméstica" tiene unidades especiales para casos de la Violencia Doméstica (DV) con fiscales designados que procesan a todos los sospechosos de violencia doméstica en Los Ángeles, una llamada al 911 por un pleito doméstico, casi siempre resultará en una detención de una o ambas partes (marido / esposa o novio / novia).

LEY DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

La violencia entre cónyuges, padres, socios y otras personas en una relación doméstica se puede cargar en una variedad de leyes de California. Algunos de los delitos más comunes asociados con un caso de violencia doméstica son:

  • Infringir un daño corporal a un cónyuge / ex cónyuge / Cohabitante / padre compañero - Código Penal 273.5
    El Código Penal 273.5 es la ley de violencia doméstica primaria de California. Se puede cargar cuando el acusado hirió a su cónyuge, ex cónyuge, conviviente, ex conviviente o el padre del hijo de la demandada. Una violación de PC 273.5 puede ser presentada como un delito menor o mayor (Un "Wobbler").
    La forma en que se presenta se basa en la gravedad del caso. Si la violencia doméstica ha dado lugar a graves lesiones casi siempre se le cobrará como un delito grave. No hay casos de lesiones leves, estos serán archivados como un delito menor. Si hay antecedentes penales se pagan como delito grave.
  • VIOLENCIA DOMESTICA - Código Penal 243 (e) (1)
    de la Violencia interna (también llamada "la violencia del cónyuge" o "agresión doméstica simple") se puede cargar cuando el acusado no utilizó ninguna fuerza contra el padre de un hijo, el prometido, o una persona o una fecha antes de fecha. La Violencia Domestica o conyugal se presenta como un delito menor cuando hay lesión leve o no hay daño en absoluto.
  • VIOLENCIA DOMESTICA AGRAVADA - Código Penal 243 (d)
    La cual se puede atribuir con agravantes cuando el acusado infligió una lesión corporal grave (por ejemplo, huesos rotos, la herida en el cuerpo que requirió sutura) o moretones contra cualquier persona estos (no sólo pueden ser a su pareja).
    La Agresión agravada es un "elemento pendular;" que puede cargarse ya sea como un delito mayor o menor dependiendo de la extensión de las lesiones, las circunstancias y los antecedentes penales del acusado.
  • AMENAZAS CRIMINALES - Código Penal 422 PC
    del Código Penal 422 se puede cargar cuando el acusado amenaza con causar un grave daño a alguien (o su / su familia) y convence a la víctima que él / ella está en peligro inminente. Las amenazas se pueden hacer verbalmente, por escrito o con una comunicación electrónica. Que él acusado tenía la intención de llevar a cabo la amenaza no es una defensa. Las amenazas criminales pueden ser acusados como delitos menores o mayores.
  • ABUSO INFANTIL - Código Penal 273 (d)
    Las leyes de Violencia Doméstica de California también pueden aplicarse a la violencia contra un niño que vive en la casa del acusado. Es ilegal infligir a un niño de cualquier sanción o lesión cruel o inhumana que resulta en una condición traumática. Una persona que abusa de su hijo o hija se puede cargar no sólo por violar el Código Penal 243 (e) (1) (ley de violencia doméstica), sino también por violar el Código Penal 273 (d) (ley niño abuso) .Niño en peligro [Penal código 273 (a)] se puede cargar si la violencia doméstica tiene lugar en el hogar, mientras que un niño está presente.

SANCIONES POR VIOLENCIA DOMESTACA

El Abuso del cónyuge que resulte en lesiones graves (por ejemplo, huesos rotos) generalmente se cobra como un delito grave. No hay daño físico o lesión leve (por ejemplo, hematomas) los casos se presentan como delitos menores. Tener un historial de violencia familiar o de otro crimen violento usualmente eleva un cargo de delito menor de violencia doméstica a un delito grave.

  • Crimen: Lesión corporal PC 273,5 (delito menor)
    Multa: $ 6.000 y hasta $ 5,000 a un refugio para mujeres maltratadas
    Prisión: Hasta 1 año en la cárcel del condado
    Mejoras: Mayores multas y penas de cárcel si w / en 7 años de una condena por violencia doméstica antes
  • Crimen: Lesión corporal (delito mayor)
    Multa: $ 6.000 y hasta $ 5,000 a un refugio para mujeres maltratadas
    Prisión: 2, 3 o 4 años de prisión
    Mejoras: Adicional 3,4 o 5 años si la víctima sufrió heridas graves."Huelga"
  • Crimen: PC BATERÍA INTERNA 243 (e) (1)
    Multa: Hasta $ 2,000
    Prisión: Hasta 1 año en la cárcel del condado
    Mejoras: N/D
  • Crimen: BATERÍA AGRAVADA (Delito Menor) 243 (d)
    Multa: Hasta $ 1,000
    Prisión: Hasta 1 año en la cárcel del condado
    Mejoras: N/D
  • Crimen: BATERÍA AGRAVADA (Delito Grave)
    Multa: Hasta $ 10,000
    Prisión: 2, 3 o 4 años de prisión
    Mejoras: "Huelga"
  • Crimen: INTENTO DE ASESINATO (Grado 1) PC 644/187
    Multa: Hasta $ 10,000
    Prisión: Cadena perpetua con posibilidad de libertad condicional
    Mejoras: "Huelga"
  • Crimen: INTENTO DE ASESINATO (segundo grado)
    Multa: Hasta $ 10,000
    Prisión: 5,7 ó 9 años de prisión
    Mejoras: "Huelga"
  • Crimen: AMENAZAS PC422 penal (delito menor)
    Multa: Hasta $ 1,000
    Prisión: Hasta 1 año en la cárcel del condado
    Mejoras: N/D
  • Crimen: LAS AMENAZAS PENALES (delitos graves)
    Multa: Hasta $ 10,000
    Prisión: 16 Meses, 2 o 3 años de prisión
    Mejoras: El uso de un arma mortal aumenta la pena para el 1 año."Huelga"

Además de las multas y penas de prisión, una condena por violencia doméstica puede dar lugar a las penas siguientes:

  • Asesoramiento
  • Servicio comunitario o trabajo físico (por ejemplo, Caltrans)
  • Orden de restricción
  • Salir de residencia
  • "No hay daño, no hay huelga" Orden (si la pareja permanece unida).

ÓRDENES DE RESTRICCIÓN POR VIOLENCIA DOMESTICA

En California, las víctimas de abuso conyugal pueden obtener una orden de emergencia de protección (EPO), una orden de restricción temporal por violencia doméstica (TRO o DVRO), o una orden de protección penal ( orden de "no contacto" ). Cuando una orden de restricción ha sido presentada, el objetivo no puede:

  • Molestar, hostigar, o perturbar la paz de la persona protegida (s)
  • Tener contacto directo o indirecto con la persona protegida, incluyendo teléfonos, electrónica o escritos
  • Estar dentro de 100 yardas del lugar de trabajo, el hogar o la escuela de la persona protegida.

El incumplimiento de una orden de restricción es un delito, que puede someter el objetivo de arrestar por desacato delito menor de corte. La Condena puede resultar en encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta 1 año. Aunque no se requiere la contratación de un abogado de defensa criminal para defenderse contra una orden de restricción, la auto-representación puede dar lugar a restricciones injustas e injustificadas.

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